domingo, 31 de mayo de 2015

Reglamentan el uso de drones


    Autor:     Leo Gonzalez Pèrez
      Fuente:   www.clarin.com


"Aunque no es lo más habitual, cuando estamos volando un dron a veces aparece gente desconfiada que pregunta: ‘¿tienen permiso?, ¿qué están filmando?". Lo cuenta Agustín Beltrame, socio de una empresa especializada en drones. La posible invasión a la privacidad de estas diminutas aeronaves equipadas con cámaras hizo que el Estado argentino reglamentara la captura y el tratamiento de datos personales a través de ellas.
Mediante la disposición 20/2015, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales establece que con las imágenes obtenidas con un dron y que incluyan información personal deben tomarse los mismos recaudos que con las bases de datos de información personal.La disposición determina que la toma de imágenes con drones deberá realizarse con el consentimiento de las personas filmadas.

Sin embargo, el consentimiento no hará falta cuando los datos se recolecten en un acto público o en un hecho de interés general.
Tampoco será necesario el permiso de los filmados para usar drones en casamientos o cumpleaños. Lo mismo se prevé para el uso de drones propiedades privadas. Sin embargo, en espacios con ingreso habitual de público, se deberá informar sobre el uso de drones.

Por otra parte, cuando se usen drones para fines científicos o cartográficos y de modo incidental se registren datos personales se deberá aplicar sobre ellos una "técnica de disociación definitiva", como el difuminado de imágenes.
En tanto, la normativa da un tratamiento especial al uso recreativo de drones. 
No se aplicarán las disposiciones de la reglamentación cuando se utilicen drones "con fines exclusivamente recreativos", dice la disposición. Para estos casos, de todos modos, se dictan algunas recomendaciones.
Por ejemplo, deberá evitarse el entrometimiento en la vida y actividades de terceros y, especialmente, el registro de datos íntimos o sensibles. Y si durante el uso recreativo de un dron se capta información personal, esta deberá ser eliminada a pedido del afectado. En este punto, la disposición aclara que esto vale aún en espacios públicos.
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